De acuerdo con lo dispuesto en la Norma 8ª de la Convocatoria del VI PREMIO-2020, el plazo de presentación de originales finaliza el próximo día 30 del presente mes de abril.
Las extraordinarias circunstancias por las que atraviesa España como consecuencia de la pandemia COVID-19, ha obligado a los poderes públicos a decretar el Estado de Alarma en todo el territorio nacional sin que en este momento se sepa el periodo de tiempo que va a estar vigente al depender su término de la incierta y desconocida evolución de la enfermedad.
En el día de hoy se ha aprobado en el Congreso una segunda prórroga del Estado de Alarma hasta el día 26 del presente mes, avanzando el Gobierno que dentro de quince días solicitará una nueva, sin especificar su extensión.
Si a esta incierta situación añadimos la falta total de noticias del cuándo y el cómo se va a plantear el progresivo retorno a la normalidad, es prudente y aconsejable asumir la situación y tomar las medidas más convenientes para minimizar sus consecuencias protegiendo no solo al resto del proceso de desarrollo del Premio sino también los derechos de los posibles participantes que ya en la actualidad están padeciendo los problemas de la falta de movilidad y la escasez, cuando no la inexistencia, de servicios relacionados con la investigación y la plasmación de sus trabajos en formatos físicos.
En consecuencia, consciente el Presidente de la gravedad de la situación ha optado por recabar el asesoramiento de la Asociación tal y como señala el artículo 7 b) de los vigentes Estatutos y tomar las siguientes decisiones:
1º.- Aceptar y asumir como propio el informe jurídico del Secretario se la Asociación de poder ejercer legalmente la competencia que me otorga el último párrafo del artículo 20 del Acta de Protocolización núm. 831 otorgada por la Notario de la ciudad de Tremp, con fecha 19 de noviembre de 2019, del siguiente tenor:
“La resolución de la convocatoria corresponde única y exclusivamente al Patrocinador del Premio, pudiendo quedar suspendida únicamente por causa de fuerza mayor”.
2º.- Entiende el Secretario y yo acepto y asumo como propio el argumento de justificación de “fuerza mayor” a la imposibilidad manifiesta de no haber podido prever ni prevenir por mi parte, como Patrocinador, una situación de tan objetiva y demostrable gravedad como la que estamos padeciendo.
Que en tales circunstancia es, incluso obligado, tomar la decisión de «suspender» la resolución del Premio lo cual significa que quedará sin efecto (que no es eficaz o que no tiene consecuencias jurídicas para las partes), de manera temporal (mientras dure la situación), la obligación de dar respuesta (de resolver) la convocatoria de dicho Premio.
Que la Real Academia Española entiende en su segunda acepción que “suspender” es “Detener o diferir por algún tiempo una acción u obra”.
3º.- Es obvio que si el Estado de Alarma ha suspendido plazos administrativos y procesales, ha suspendido la apertura al público de bibliotecas y establecimientos que condicionan el progreso de presentación al Premio e incluso ha condicionado la libertad de movimientos de los participantes, debe tener un lógico reflejo en los plazos de su tramitación documental que, aunque sea un asunto privado, tiene perfecto encaje en los efectos estrechamente vinculados a los hechos justificativos del estado de alarma.
Es decir que, criterios de oportunidad y de legalidad, hacen necesaria dicha suspensión.
4º.- Coincidente con mi criterio de no anular la presente Convocatoria, sino adaptar los plazos a la situación, celebro y me satisface hacer público el unánime consejo recibido de la totalidad de los miembros de la Asociación a los que se ha requerido el citado asesoramiento.
5º.- Para paliar la posible y lógica incertidumbre sobre el devenir del Premio que puedan padecer los posibles participantes, difundir con carácter de urgencia este COMUNICADO cuya redacción se ha pospuesto conscientemente hasta conocer la decisión del Congreso de los Diputados a la propuesta del Gobierno de prorrogar el Estado de Alarma.
6º.- Con objeto de evitar continuos cambios que solo producen inseguridad y tensión y ante la inestable e imprevisible evolución de la actual situación, parece más recomendable diferir el plazo de presentación de originales con largueza que pecar de imprudente optimismo marcando una fecha cercana y correr el riesgo de tener que repetir el proceso suspensivo.
7º.- En consecuencia y sin perjuicio de tener que tomar nuevas medidas al respecto si no se modifican positivamente las actuales características del Estado de Alarma vigente al día de hoy, comunico la siguiente decisión:
“Queda prorrogado el plazo de presentación de originales al VI Premio 2020 hasta el día 31 de agosto del presente año 2020. El fallo del Jurado deberá hacerse público antes del día 29 de septiembre, festividad de San Miguel, Patrón de la Academia General Básica de Suboficiales donde se entregará el Premio a los galardonados de acuerdo con las previsiones contenidas en la Norma 8ª de la Convocatoria.
La fecha de entrega del Premio queda pendiente a expensas de la evolución de la situación, de las necesidades de servicio de la AGBS y de las posibilidades de asistencia de los galardonados.
Agradecería disponer de información sobre los posibles participantes al Premio sin que ello suponga ningún compromiso de obligada presentación en su momento”.
EL PATROCINADOR. Emilio Fernández Maldonado